Fases a considerar al momento de la intervención:
El proceso de intervención especializada en maltrato físico y psicológico, constitutivo de delito, y agresión sexual infantil, considera a lo menos cinco fases, cada una de ellas con sus respectivas actividades, definición de indicadores y desarrollo de metodologías innovadoras que permitan asegurar atenciones de calidad.
a) Fase de Evaluación de Ingreso
Tiene la finalidad de evaluar si los antecedentes presentados del niño, niña o
adolescente dan cuenta de la existencia del ejercicio de maltrato físico o psicológico
grave y/o agresión sexual y la pertinencia de adoptar medidas de urgencia en pro del
resguardo de los derechos de protección especial. Esta fase implica, varios momentos
importantes:
- Evaluación de la existencia del tipo de maltrato infantil y/o abuso sexual ejercido
en contra de un niño/a o adolescente, por medio del trabajo de coordinación con
las fuentes de derivación.
- Revisión de antecedentes, en coordinación con Fiscalía correspondiente, con la
finalidad de implementar un plan de intervención de acuerdo a la realidad de la
víctima, formalización del ingreso al Centro especializado – en caso de verificar
daño asociado a victimización – a Tribunal de Familia competente.
- Coordinación con proyecto de diagnóstico, en caso que el niño/a cuente con la
labor pericial realizada, con el fin de recabar antecedentes en el ámbito de
existencia o no de adulto significativo, con capacidad protectora y demás
antecedentes (situación escolar, situación de salud, entre otras).
- Elaboración de informe técnico que señale el tipo de victimización presentada.
Este informe debe ser realizado por el proyecto, sea éste solicitado o no por las
instancias judiciales, en un plazo no mayor a los 3 meses desde el ingreso del
niño/a al proyecto.
Evaluar la pertinencia de realizar las acciones necesarias, ante Tribunales de Justicia,
con el propósito de presentar las medidas cautelares y/o proteccionales necesarias,
entre las cuales cabe la posibilidad de que un profesional, de preferencia abogado/a,
sea nombrado curador ad litem.
En la tarea de interrumpir la situación de maltrato, constitutiva de delito, el programa
debe agotar todas las medidas que sean necesarias tanto para garantizar su protección
como para impedir una doble victimización. Siendo una de las primeras y
fundamentales medidas a adoptar es la realización de acciones que permitan proteger
al niño, niña y/o adolescente de el o los agresores.
El abogado/a del proyecto o de otra instancia del circuito proteccional (red SENAME,
Corporaciones de Asistencia Judicial e instituciones privadas o públicas) debe intervenir
en los procesos, cuando corresponda, con dos objetivos centrales: agotar las
herramientas jurídicas para garantizar la efectiva protección respecto de los actos de
maltrato y/o abuso sexual hacia el niño/a y/o adolescente víctima y para contribuir a
garantizar el derecho de igualdad ante la ley.
La coordinación y comunicación entre el/los profesionales y el Fiscal debe ser fluida y
permanente, intentando formalizar las solicitudes y/o con registro de correos
electrónicos enviados a fiscalías correspondientes.
En este contexto, la profundización diagnóstica que se puede realizar tiene el objetivo
de profundizar en la información con la que se cuenta para la toma de decisiones y la
construcción del plan de tratamiento individualizado. La obtención de la información
inicial surge de los antecedentes del caso, siendo tal vez necesario evaluar la
pertinencia de profundizar un diagnóstico con técnicas definidas, evaluación clínica del
niño/a y la recolección y análisis del tipo de dinámica familiar, hipótesis de quién sería
la figura agresora, recolección de datos pertinentes para el abordaje de cada caso. Las
evaluaciones realizadas permitirán realizar una ponderación inicial del daño que
presenta la víctima, elaborar una hipótesis orientada a comprender y tener un
entendimiento global de la situación de grave vulneración y un conocimiento más
profundo de la violencia ejercida en contra del niño/a, sus recursos familiares y
contexto en el que se gestó la violencia. Otro elemento relevante en esta fase, es la
elaboración de informes de daño que den respuesta a los requerimientos de los
tribunales o fiscalías.
b) Diseño de Plan de tratamiento individualizado o PII
Corresponde a la serie planificada de acciones a seguir según los objetivos de
intervención propuestos para cada niño/a o adolescente y su familia. En esta fase
cobra especial relevancia la experticia profesional, la creatividad y flexibilidad del
equipo, la capacidad de planificación y organización estratégica. Para la elaboración del
PII es fundamental contar con la claridad y evaluación técnica adecuada de la violencia
ejercida, definición de existencia o no de figuras protectoras dentro del ámbito familiar,
definición de actores claves de apoyo a las intervenciones (redes intersectoriales). El
diseño del plan de tratamiento busca responder a las necesidades del niño, niña y/o
adolescente que ha estado expuesto a la situación traumática. El enfoque de dicho
diseño debe contemplar una mirada integral, visualizando recursos y obstaculizadores
del proceso, requerimientos de apoyo a la intervención, de tipo intersectorial.
c) Ejecución del Plan de Intervención Individual
Esta fase consiste principalmente en la ejecución del PII, que expresa también los
elementos de protección, resignificación y promoción de recursos protectores
transversal a cada una de las fases. Comprende, en este sentido, el acceso rápido y
oportuno a los recursos familiares, comunitarios e institucionales, la conservación o
activación de los mecanismos judiciales orientados a la protección del niño/a, ya sea a
través de la vía penal, proteccional y/o de alguno de los procedimientos destinados a
contribuir el derecho de igualdad ante la Ley de cada una de las víctimas. Es
importante destacar que la activación de este mecanismo es transversal y necesaria en
cualquier etapa del proceso, con el fin de evitar que se mantenga la situación de
vulneración y/o se transforme en un riesgo vital para el niño/a. En esta fase se
reevaluará el diagnóstico inicial consignado en el plan de tratamiento individual. Cabe
señalar que el proceso de retractación, se desarrolla con mayor frecuencia en aquellos
casos que no se perciben parte del proceso, que se perciben no protegidos y/o
triangulados entre quien es la figura agresora, la crisis familiar surgida post revelación
y todas las acciones que se deben realizar en el ámbito penal.
El apoyo social de los proyectos debe estar orientado principalmente a que la familia
o adultos protectores, pueda acceder rápida y oportunamente a los recursos
institucionales y comunitarios para satisfacer sus necesidades y mejorar su bienestar,
y principalmente, del niño/a o adolescente. En esta tarea los/as trabajadores/as
sociales, pueden realizar diagnósticos familiares, evaluando riesgos y capacidades
protectoras de los referentes familiares. También es posible que intervengan sobre la
dinámica relacional de la familia, en coordinación con psicólogas/os. Es competencia de
esta disciplina incorporar elementos culturales, étnicos, históricos presentes en cada
familia, que han contribuido a instalar la violencia, como las dificultades para
interrumpirla. Es asimismo importante utilizar la práctica en red y la intervención en
red. Se espera que el/la trabajador/a social sea un articulador/a de las redes locales
que cada familia pudiese requerir, estableciendo relaciones concretas con actores estratégicos de los diversos sectores (salud, vivienda, trabajo, educación, entre otros)
en conformidad a las necesidades del niño, niña y/o adolescente.
El apoyo psicológico al niño/a o adolescente y las familias debe estar presente
durante toda la intervención, el que debe ser considerado en todos los casos, se
requiera o no de medidas de protección inmediatas, el que puede llevarse a cabo a
través de las siguientes herramientas: intervención en crisis, psicoterapia y terapia de
grupo, fomentando el buen trato al interior de la familia de la víctima.
En la intervención en crisis, el/la psicólogo/a debe utilizar las herramientas clínicas que
permitan evaluar la funcionalidad de la crisis para reevaluar estrategias de abordaje a
seguir. En esta fase y situación se requiere fortalecer un contexto de protección que
permita que las víctimas no se perciban o sean expuestas a nuevas situaciones de
vulneración, retractación y/o de re - traumatización.
d) Egreso y seguimiento
Esta fase es considerada como un proceso de progresiva autonomía del niño/a y/o
adolescente y la familia respecto del proyecto especializado y depende del logro de los
objetivos planteados en el PII. La valoración del egreso surge a partir de los logros
obtenidos, en donde se encuentra - al menos - garantizado el derecho de protección,
así como acceso a servicios de protección social, ello como parte del proceso
reparatorio logrado integralmente. El seguimiento consiste en la determinación de los
cambios una vez que el/la niño/a y/o adolescente ha egresado del proyecto.
El proceso de seguimiento deberá considerarse como parte del proceso de
intervención, previo al egreso formal del proyecto. La finalidad del seguimiento es
asegurar los logros alcanzados en el proceso de intervención con anterioridad a la
formalización del cierre del proceso y consiguiente egreso del niño del proyecto. El
período máximo de seguimiento podrá ser de 6 meses; sin embargo, podrá ser menor
en aquellos casos en que la seguridad de los logros alcanzados se observe con
antelación.
Cabe señalar que un trabajo coordinado con la Red Sename pudiese facilitar el cierre
protegido del proceso como, por ejemplo, la intervención de un equipo de la modalidad
preventiva focalizada.